Francia también multa con 150.000 euros a Google por incumplir la ley de protección de datos

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Hace un mes la Agencia Española de Protección de Datos española también multaba al gigante californiano con 900.000 euros al considerar que había cometido tres infracciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La nueva política de privacidad de Google no cuenta con muchos seguidores en Europa. Si hace un mes la Agencia Española de Protección de Datos española multaba al gigante californiano con 900.000 euros al considerar que había cometido hasta tres infracciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), ahora es la agencia homóloga francesa la que ha penalizado a Google. Según la web eWeek la Comisión de Informática y Libertades gala la multado a la multinacional con 150.000 euros al no ajustar sus sistemas de almacenamiento de información a las leyes locales.

Una resolución con la que la comisión cuestiona la decisión del buscador de fusionar en “una sola política de privacidad”, diferentes reglas de confidencialidad aplicables de unos 60 servicios de la firma. El organismo cita entre estos servicios YouTube, Gmail o Google Maps. La CNIL concluye tras una investigación exhaustiva que si bien no cuestiona la “legitimidad” de la simplificación de protocolos, si considera que esta política que “es contraria a la ley por que no informa suficientemente a los usuarios, ni solicita su consentimiento para, por ejemplo, el uso de las cookies”, explica el organismo a través de un comunicado.

Por ello, el organismo de protección de datos francés decidió el pasado 3 de enero multar con 150.000 euros a la multinacional estadounidense. Además, Google deberá publicar en su portal oficial de Francia un mensaje que informe sobre este castigo y manternerlo durante 48 horas, según recoge la decisión emitida por el organismo galo.

La resolución del organismo francés se suma a la realizada por la AEPD hace escasamente un mes por la cual también se multó a la firma de Mountain View por motivos similares y por la cual, se ponía fin al procedimiento comenzado por Google en relación a la compatibilidad de la política de privacidad y las condiciones de uso de sus servicios con la normativa española de protección de datos personales, un derecho reconocido en el artículo 18 de la Constitución española.

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