Los vendedores de nubes quieren más cobertura legal
La falta de seguridad jurídica puede ser una de las razones que impiden a las empresas utilizar servicios en la nube.
Compañías de la talla de Microsoft, Google, Amazon.com, Salesforce.com y Rackspace pidieron la semana pasada apoyo para lograr sus objetivos de dar a los datos almacenados en sus sistemas en la nube las mismas protecciones legales que la información almacenada en un ordenador personal.
La falta de este tipo de protección es importante para los clientes empresariales, y es lo que está disuadiendo a muchos de utilizar los servicios en la nube, dijeron los ejecutivos de las compañías antes mencionadas.
Para ofrecer una perspectiva de los sistemas basados en cloud Richard Salgado, de Google, afirmó que actualmente hay tres millones de usuarios empresariales que están haciendo uso de los servicios en la nube de la compañía, a los que se suman más de 3.000 clientes nuevos cada día.
Todos ellos, afirmó Salgado, se enfrentan a unas leyes de privacidad “inconsistentes, confusas e inciertas”. Los ejecutivos representantes de las empresas confirmaron que los usuarios empresariales están preocupados sobre las implicaciones relacionadas con la privacidad a la hora de mover los datos sensibles de un almacenamiento local a un almacenamiento remoto, y que gran parte de esa preocupación está relacionado con las circunstancias en las que el gobierno puede obligar a que se desvelen los datos de proveedores.
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Categorías : Actualidad, Privacidad.









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Una respuesta a Los vendedores de nubes quieren más cobertura legal
Creo que la opinión del Sr. Salgado no es del todo correcta o al menos en cierta medida desmedida.
Un gran número de países y tomando como ejemplo España, junto con los demás países de la Unión Europea, poseen una legislación sobre privacidad consistente, suficiente y/o muy clara y de ninguna manera incierta.
Como toda reglamentación, sea cual sea el país, en su aplicación podrá tener criterios de interpretación y aplicación, pero no creo que las variaciones en la interpretación y la jurisprudencia sirvan para calificarlas como “confusas” e “inciertas”.
Otra cosa distinta, es que las reglamentaciones sobre privacidad no se ajusten a una única normativa de carácter global o “interpretando” libremente los comentarios de los proveedores mencionados el problema se encuentre realmente en que las distintas reglamentaciones sobre privacidad no se hayan legislado y publicado de acuerdo a los intereses, formas, criterios e interpretaciones que a dichos proveedores les conviniese.
Pero precisamente los proveedores de alojamiento en la nube se tendrán que enfrentar y adaptar a las situaciones jurídicas y legales, al igual que el resto de los proveedores de otros mercados igualmente globales.
Implantación global, aplicación local.
Un saludo