El Defensor del Pueblo pide medidas estrictas a los ISPs

Regulación

Enrique Múgica exige a los proveedores de acceso a Internet que retengan los datos de sus clientes durante al menos un año y un mayor control de los cibercentros.

En su batalla para eliminar la pornografía infantil de la Red, el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, ha pedido al Gobierno que obligue a los proveedores españoles de acceso a Internet (ISPs) a retener durante al menos un año los datos de conexión y tráfico generados por las comunicaciones de sus usuarios.

Así, en una recomendación remitida al ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla, el Defensor del Pueblo pide una serie de medidas que contribuyan a identificar a las personas que se sirven de la Red para intercambiar material pedófilo. En concreto, exige que en el desarrollo reglamentario del artículo 12 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), que entró en vigor en octubre de 2002, los ISPs tengan que guardar los datos de conexión y tráfico de los internautas para “facilitar las investigaciones”.

Precisamente, ese artículo fue uno de los más polémicos de la “Ley de Internet” y generó una enorme controversia sobre los efectos que podría provocar sobre la salud financiera de las compañías y la privacidad de las comunicaciones de los usuarios. Esta problemática explica en parte que, en los últimos tres años y medio, ni el anterior ni el actual Gobierno hayan elaborado la normativa que regule este aspecto.

Asimismo, la institución encabezada por Enrique Múgica pide que “se incluya la obligación de identificar al usuario de las redes IRC”, sistema de conversación multi-usuario donde la gente se encuentra en canales para hablar en grupos o privadamente, por parte del proveedor de servicios, “haciendo recaer sobre ellos la obligación de comunicar a los cuerpos de seguridad la existencia de cualquier contenido de carácter delictivo que detecten en sus servidores”.

Además, aboga por que “todos aquellos establecimientos denominados cibercafés o cibercentros lleven un control de los usuarios” que emplean sus servicios, “registrando al efecto el DNI de la persona que utiliza el puesto de acceso a Internet, y la franja horaria que utilizó”.