El nuevo canon digital afectará a móviles, CD y memorias

LegalRegulación

El nuevo canon digital establece el pago de un importe por parte de los fabricantes de equipos y soportes de reproducción a los gestores derechos de autor.

Tras varios meses de elaboración, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy el decreto ley que modifica el llamado canon digital. Con él, la compensación por copia privada de obras con derechos de autor se aplicará a los equipos, aparatos y soportes digitales, como los teléfonos móviles, CD y memorias, informa El Diario.es.

Este nuevo modelo, similar al de la época del gobierno socialista, se ajusta al Derecho comunitario y sustituye al que declaró ilegal el Tribunal Supremo el año pasado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La disposición transitoria segunda del decreto ley, que deberá ser convalidado en el próximo pleno del Congreso, da una lista de equipos, soportes y materiales de reproducción sometidos al canon, junto a las cuantías económicas que se deberán abonar a los autores. Así, por un teléfono móvil o smartphone los fabricantes abonarán 1,10 euros, y 3,15 euros por un dispositivo electrónico con pantalla táctil o tablet. “Se gravan los mismos aparatos que en los países de nuestro entorno, pero en una horquilla de cuantías más baja”, señala el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El ministro, Íñigo Méndez de Vigo, aseguró que el nuevo canon digital está “basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos y soportes de reproducción, acompañado de un mecanismo efectivo de exceptuaciones y reembolsos”.

Es decir, habrá excepciones al pago de este importe. Quedarán exentas del pago de derechos de autor las copias efectuadas por las Administraciones Públicas para uso profesional, las hechas por personas jurídicas o físicas que actúen como “consumidores finales” y las realizadas por quienes cuenten con autorización.

Para gestionar la facturación de esta compensación por copia privada a los fabricantes y distribuidores, las entidades de gestión de derechos de autor deberán constituir una persona jurídica que “será la responsable de gestionar las excepciones del pago y los reembolsos”.

Lea también :
Leer la biografía del autor  Ocultar la biografía del autor