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Nuevo revés para Uber en la Unión Europea

Casi dos meses después de la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que establecía la clasificación de Uber como actividad de transporte, este mismo órgano ha vuelto a dar un varapalo judicial a la plataforma de ridehailing. En este caso ha sido a través de Uber France.

La filial francesa de la compañía de San Francisco está encausada por su servicio UberPop, al entender que ha organizado un sistema “para la conexión entre clientes y conductores no profesionales que llevan a cabo transportes de personas a título oneroso con vehículos de menos de diez plazas”.

Desde Uber France advierten que la normativa obliga a los Estados miembros de la Unión Europea a notificar a la Comisión “todo proyecto de ley o de reglamento que establezca reglas técnicas relativas a los productos y servicios de la sociedad de la información”. Las autoridades francesas no hicieron en su día al aprobar la norma a través de la cual están encausados en Uber, por lo que estos defienden que no pueden ser juzgados.

Sin embargo, el Abogado General del TJUE, Maciej Spuznar, a cuyo tribunal fue remitida la denuncia por una corte de Lille, ha decidido hoy en contra de la compañía de ridehailing. Según las conclusiones de Spuznar, “los Estados miembros pueden prohibir y sancionar penalmente el ejercicio ilegal de la actividad de transporte en el marco del servicio UberPop sin notificar previamente el proyecto de ley a la Comisión”.

El Abogado General remite precisamente a su decisión en el caso de UberPop en España, recordando que no entra dentro de los considerados como servicio de la sociedad de la información en el sentido de la Directiva. En tal caso, la Directiva no es aplicable y no es necesario notificar el proyecto de ley a la Comisión.

Aún en el caso de que se considere que UberPop se puede considerar un servicio de la sociedad de la información, Spuznar aclara que los estados no siempre necesitarían notificar el proyecto de Ley a la Comisión.

María Ramos

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