Una nueva política de Movistar pone en riesgo la permanencia de sus clientes

Movilidad

Los cambios que la compañía ha aplicado en el cómputo de su consumo mínimo podrían permitir a los usuarios romper con sus contratos de permanencia firmados con la compañía sin penalización alguna.

Simyo ha lanzado una campaña de información sobre los cambios en las condiciones de Movistar y a su implicación en los derechos de los consumidores, tras emitirse un comunicado oficial de la compañía, por SMS y una locución en el 3528, en el que informa a sus clientes de la modificación el cálculo de consumo mínimo mensual.

De esta forma, Movistar ha anunciado que a partir del 18 de septiembre las llamadas realizadas a precio reducido desde Movistar con los módulos de ahorro Mi Favorito, Mis Cinco, Números Frecuentes, Sub26, Maxiahorro o cualquier módulo familiar dejaran de computar para el consumo mínimo.

Asimismo, la compañía ha advertido que conforme al acuerdo con el Real Decreto 424/2005, se reconoce el derecho a resolver el contrato de abono sin penalización “por este concepto” si las nuevas condiciones no resultan del agrado del usuario. Pero se omite que, de acuerdo con el artículo 107 de esta norma el cliente tiene derecho “a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones”.

El problema podría surgir si Movistar, no obstante lo anterior, intentara cobrar esta penalización por baja anticipada (cobro de la parte del Terminal subvencionado que Movistar dejara de percibir). Si se diera el caso, Simyo recomienda a los clientes, que reclamen ante los organismos de consumo competentes para hacer valer sus derechos, puesto que el cliente aceptó las condiciones de compra de un móvil a precio inferior, junto con unas condiciones de servicio.

Según Simyo, es posible que si Movistar hubiera aplicado estas nuevas condiciones ese cliente no hubiera cursado el alta y por lo tanto tampoco hubiera aceptado la compra de un móvil a precio inferior. Por ello, el operador considera que no es posible desvincular el contrato de abono del servicio de telefonía móvil del contrato de compra del terminal a precio promocional.