Programa Kit Digital: cómo solicitar la ayuda si eres autónomo o pyme

Empresas

Entre las principales preguntas que asaltan a las empresas están los criterios técnicos de la ayuda y las fases para su inscripción.

Cualquier empresa con menos de 50 empleados ya puede solicitar el Programa Kit Digital si cumplen los criterios de la convocatoria. Red.es ha recibido ya 12.000 solicitudes que ya se han tramitado de manera online mediante el portal web de AceleraPyme.

Las solicitudes se gestionarán por orden de solicitud, hasta agotar fondos. Por lo que la rapidez de la tramitación depende de si la empresa quiere obtener su Bono Digital. Cosmomedia, Agente Digitalizador acreditado ha decidido responder a las 10 preguntas más comunes que pueden asaltar a las pymes sobre la tramitación y gestión del Kit Digital.  

Los requisitos para acceder a las ayudas del Programa Kit Digital son bastante generales y fáciles de cumplir. A través de un Test online que en Cosmomedia han habilitado, la pyme puede saber en poco más de un minuto si cumple o no con los criterios de la subvención.

Deben tratarse o bien de autónomos (personas en situación de autoempleo) o de pymes, esto es, pequeñas empresas con domicilio fiscal en España, que no superen los 50 trabajadores. Como empresa, debe estar registrada en el Censo de Empresarios, Profesionales y

Pero, ¿cómo solicitar la ayuda?

Lo primero que debe hacer cada empresa es darse de alta en la web de Acelera Pyme y realizar el test de diagnóstico digital. También puede acordar con un Agente Digitalizador acreditado un acuerdo para que actúe de Representante voluntario, que es la figura que puede tramitar la subvención.

Dependiendo del segmento en el que se encuentre cada empresa, pueden obtener desde 2.000 euros (microempresas y autónomos) 6.000 euros, si tienen entre 3 y menos de 10 empleados y hasta 12.000 euros (pymes de mayor plantilla, de más de 10 y menos de 50 trabajadores).

La pyme puede invertir la ayuda en diferentes soluciones digitales ¿cuánto puedo invertir en cada una?

El Bono digital que obtienen las pymes beneficiarias puede utilizarse para diferentes servicios digitales, siempre y cuando estén dentro de las 10 Soluciones que establece el Programa Kit Digital. Dependiendo de la solución que escoja y del segmento de empresa en el que se encuentre, puede “canjear” más o menos importe en cada servicio.

  • Sitio web y Presencia en Internet, hasta 2.000€
  • Comercio electrónico, hasta 2.000€
  • Gestión de redes sociales, hasta 2.500€
  • Gestión de clientes, hasta 4.000€
  • BI y analítica, hasta 4.000€
  • Servicios de oficina virtual, hasta 12.000€
  • Gestión de procesos, hasta 6.000€
  • Factura electrónica, hasta 1.000€
  • Comunicaciones seguras, hasta 6.000€
  • Ciberseguridad, hasta 6.000€

¿Pueden las asociaciones solicitar el Kit Digital?

Por norma general, pueden pedir la ayuda económica cualquier entidad con actividad económica y personalidad jurídica propia. Es decir, si una asociación sin ánimo de lucro cuenta con consideración de pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo, independientemente de la forma jurídica que tenga, podrá solicitar su Bono digital.

Quedan excluidas “las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización; las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público; los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica”, especifica la convocatoria.

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